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sábado, 20 de noviembre de 2021

PODERES JUDICIALES, a quien pueden otorgarse.?

El tema de los poderes judiciales puede generar ciertos problemas cuando son otorgados a personas que no son abogados, pues en la practica se conferían a personas que no son abogados con la idea de ser sustituidos a futuro a un abogado; lo cual ya no se puede hacer, pues la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, por resolución del día 9/06/20, bajo la causa 172-CAC-2019, estableció que una persona que no es abogado, y a quien se le ha conferido poder judicial no puede sustituírselo a un profesional del derecho, pues no tiene las facultades para ello conforme al articulo 67 CPrCM.

EN CONCLUCIÓN: LOS PODERES JUDICIALES DEBEN SER OTORGADOS DIRECTAMENTE A ABOGADOS DE LA REPUBLICA.

domingo, 2 de diciembre de 2018

Divorcio en El Salvador

El divorcio en el Salvador, procede por tres motivos:
a- Mutuo Consentimiento.
b- Separación por mas de un año.
c- Vida Intolerable por grave y reiterado incumplimiento de los deberes familiares.

Si el matrimonio no cumple cualquiera de esos requisitos el divorcio no procede.
Para iniciar el proceso de divorcio se vuelve necesario otorgar poder ante un notario salvadoreño a un abogado en El Salvador, por tanto si la persona interesada vive en los Estados Unidos de América, puede contactarnos para elaborarles dicho poder.