sábado, 20 de noviembre de 2021

PODERES JUDICIALES, a quien pueden otorgarse.?

El tema de los poderes judiciales puede generar ciertos problemas cuando son otorgados a personas que no son abogados, pues en la practica se conferían a personas que no son abogados con la idea de ser sustituidos a futuro a un abogado; lo cual ya no se puede hacer, pues la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, por resolución del día 9/06/20, bajo la causa 172-CAC-2019, estableció que una persona que no es abogado, y a quien se le ha conferido poder judicial no puede sustituírselo a un profesional del derecho, pues no tiene las facultades para ello conforme al articulo 67 CPrCM.

EN CONCLUCIÓN: LOS PODERES JUDICIALES DEBEN SER OTORGADOS DIRECTAMENTE A ABOGADOS DE LA REPUBLICA.

lunes, 2 de agosto de 2021

EL TESTAMENTO

            El tema de las herencias, es de gran importancia para nuestra gente, muchas veces las personas no toman las medidas necesarias para no dejar problemas cuando fallezcan. Una de las cosas que pueden hacer cuando quieren que determinadas personas sean sus herederos es hacer un Testamento; este documento tiene efecto hasta que la persona muere, mientras este vivo puede revocarlo y otorgar otro sin ningún problema. 

Como notario autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador le puedo elaborar y autorizar el testamento, para lo cual se necesitan ciertos requisitos que por ley deben cumplirse. Para mayor información pueden contactarme y hacer una cita en oficina ubicada en Hempstead, Long Island

Tel (929) 367 9797